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El delito de corrupción privada: bien jurídico, estructura típica e intervinientes
[spa] A través de la LO 5/2010 el legislador español introdujo en el CP el art. 286 bis, creando un nuevo delito de corrupción privada. Según el Preámbulo a la LO 5/2010:"La idea fuerza en este ámbito es que la garantía de una competencia justa y honesta pasa por la represión de los actos encaminados a corromper a los administradores de entidades privadas de forma similar a lo que se hace a través del delito de cohecho". En este trabajo se aborda la cuestión del bien jurídico protegido, examinando la postura defendida por la doctrina mayoritaria, partidaria de la tesis de que estamos ante un delito de peligro abstracto, y se propone un planteamiento distinto: entender que se trata de un delito de peligro concreto y no abstracto. Asimismo, se realiza un estudio de la estructura típica del nuevo delito y se analizan algunos de los problemas interpretativos que plantea la corrupción entre particulares.[eng] The Spanish legislator introduced by means of the LO 5/2010 the article 286 bis in the Penal Code, creating a new crime of private corruption. According to the preface of the LO 5/2010: “The main idea in this field is the guaranty of a just and honest competition which depends on the repression of acts leading to corrupt the administrators of private entities the same way as it is done through bribery crime”. In this paper the question of the legal good protected is treated, examining the posture defended by the majority doctrine which is in favor of the thesis of the crime of abstract danger and a different approach is proposed: understanding that we are talking about a crime of concrete danger. At the same time a study of the structure of the new crime of private corruption is carried out
Límites de la responsabilidad penal por actividad (profesional) cotidiana
El artículo analiza el debate doctrinal que se ha producido
en Alemania y España acerca de los límites de la responsabilidad penal
por participación, mediante una actividad (profesional) cotidiana, en la
comisión de un hecho delictivo ajeno. De los múltiples criterios que se
han ofrecido para dilucidar esta cuestión el autor considera más acertadas,
tanto desde un punto de vista dogmático, como político criminal, aquellas
opiniones que, sin renunciar a una delimitación del ámbito de lo punible
en el tipo objetivo, sostienen criterios de imputación distintos en función
del nivel subjetivo con el que actúa la persona
La ayuda posterior mediando concierto previo o concomitante a la consumación del hecho punible en el Código Penal Colombiano
La ayuda posterior mediando concierto previo o concomitante a la consumación del hecho punible en el Código Penal Colombian
The intervention of lawyers in the crime. An approach to the understanding of participation through this singular figure
En lo que respecta a este trabajo, vamos a tratar de focalizar nuestra atención en el problema que han planteado las conductas neutrales en sede de dogmática penal.
En este sentido, es importante caer en la cuenta de que, a partir de la aceptación del funcionalismo en la teoría del delito, se ha derivado una concepción normativa del desvalor de toda acción basada en la idea del riesgo jurídicamente desaprobado. No obstante, haciendo uso del modelo sistemático que impone la teoría de la imputación objetiva –como máximo exponente del funcionalismo normativo- vemos que la idea del riesgo típico, que subyace de toda conducta de participación, se encuentra camuflada en estos casos de aparente “neutralidad”.
De esta manera, observaremos cómo los presupuestos manejados por la doctrina penal de la imputación han variado en función de la consideración que se haga de los conocimientos como elemento subjetivo en la consideración del desvalor de acción.
Por último, podremos entender que lo que a simple vista parece una simple consecuencia de la transición penal contemporánea hacia una sociedad basada en la admisión de ciertos “riesgos” ha planteado una seria controversia en lo que respecta al modo de ver el injusto personal del partícipe; aunque esta realidad se podría predicar de cualquier forma de intervención en el delito.Máster Universitario en Acceso a la Profesión de Abogado (M155
Autoría y Participación en los Delitos de Tráfico de Drogas: Derecho Penal Español y Derecho Comparado
Los delitos de tráfico de drogas constituyen sin duda la manifestación más alarmante de la delincuencia contemporánea. Así, la política criminal actual reserva a dicha forma de criminalidad un tratamiento diferenciado, particularmente en lo que se refiere a la equiparación normativa entre las posiciones de autor y de cómplice. De hecho, las técnicas legislativas empleadas por los distintos sistemas jurídicos en el Derecho Comparado dedican a los delitos de tráfico de drogas no distingue entre autoría y participación (o complicidad) para el efecto de atenuar la pena de esta última forma, aunque por otro lado, en cuanto a la autoría, se prevén corrientemente formas especiales como supuestos de cualificaciones o de punición autónoma agravada. El presente estudio se destina a examinar brevemente algunos sistemas jurídico-penales contemporáneos con respecto a los delitos de tráfico de drogas, en especial el ordenamiento español, a efectos de identificar en qué medida y bajo qué condiciones es posible separar autoría y participación en dicho ámbito particular de criminalidad
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